Deberes y derechos en salud frente a accidentes laborales
DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
El ministerio de protección social, en cabeza de la dirección de riesgos profesionales con el objetivo de garantizar las mejores condiciones para los trabajadores colombianos, enumero los derechos y deberes de los trabajadores que sufran un accidente en ejercicio de sus funciones laborales
- Atención inicial de urgencia en cualquier IPS en un evento de accidente de trabajo
- Atención medica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica prestada por la IPS donde esta afiliado
- Servicio de hospitalización, odontología, diagnostico, tratamiento y suministro de medicamentos
- Rehabilitación, Física y profesional
- Elaboración y reparación de prótesis y ortesis
- Gastos de traslados en condiciones normales y necesarias para la prestación de los anteriores
- Subsidio por incapacidad temporal
- Indemnización por incapacidad permanente o parcial
- Pensión por invalidez
- Pensión de sobreviviente por la muerte de afiliado o pensionado
- Auxilio funerario a quien sufraga los gastos de entierro de un afiliado o pensionado
- A ser incorporado o reubicado una vez terminados sus procesos de recuperación o rehabilitación
DEBERES DE LOS TRABAJADORES
- Procurar el cuidado integral de su salud
- Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud
- Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas por medio del decreto 1295 de 1994
- Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de salud ocupacional de la empresa
- Participar en la prevención de riesgos profesionales a través de los comités paritarios de salud ocupacional o vigías ocupacionales

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